Condenan a tres años de cárcel por colgar fotos de su ex en una web de citas gays.

Nota de actualidad.


Este tipo de conductas están castigadas en nuestro en el artículo 172 ter 3 del Código Penal, al que mediante uso indebido de datos personales haga que terceras personas contacten con él o ella. Y en este caso en concreto, la publicación de la fotografía de la víctima, sin lugar a dudas es un dato personal, así como su número de teléfono.

Por tales hechos el juzgado de lo penal núm. 2 de Avilés, entendió que la conducta descrita encaja en un delito que actualmente se denominado de stalking o acoso, que como vemos se puede dar a través de las nuevas tecnologías, motivo este por el que impuso la pena de tres años de la cárcel a su autora.

Según se puede leer en la noticia, el anuncio consistía en ofrecer servicios sexuales en una página de contactos gays con los datos de su ex, dicho anuncio fue publicado con los datos de la propia dirección de correo electrónico de la acusada. Imaginamos que esa sería la principal línea de investigación, así como la prueba tecnológica de cargo para acreditar la identidad de la autora de los hechos.

Otra semana más observamos como hechos de la realidad digital acarrean graves consecuencias penales en las vidas reales de las personas. Estos nuevos cambios de hábitos digitales, están dando lugar a que el número de delitos cometidos a través de la red cada año aumenten. Dando lugar a nuevas formas de investigaciones basadas en el estudio de las huellas digitales de los hechos acaecidos en la red. Creando nuevas especialidades profesionales, tanto en perfiles técnicos como peritos informáticos, como en abogados especialistas en investigaciones tecnológicas.

Fuente: http://www.expansion.com/juridico/sentencias/

Siguenos en Twitter: @fernandez_jcar @tecnogados #PruebaTecnologica



Profesional con perfil jurídico e investigador tecnológico. #PruebaTecnologica #CadenaDeCustodia @fernandez_jcar @tecnogados

Related Posts

Deja un comentario