Prueba tecnológica en la red, resumen charla TEDx Plaza del Altozano (Albacete)

Vengo a hablaros sobre la prueba tecnológica en la red. Y que mejor forma de empezar mi charla que actualizando, aunque sólo sea por esta vez, un pasaje del Quijote.

“Ves allí amigo Sancho, esos desaforados gigantes,

con quien pienso hacer batalla y quitarles la vida.

¿Qué gigantes? dijo Sancho.

Aquellos cibercriminales que buscan el anonimato de la red,

para dejar sus tropelías impunes.

No fluyades cobardes y viles criaturas, que un solo caballero es el que os acomete.”

Empezamos, y como dicen que una imagen vale más que mil palabras, os voy a poner DOS, para poder tener una visión de la era digital en la que nos encontramos.

Plaza de la Basílica de San Pedro

Las dos imágenes son de la Plaza de la Basílica de San Pedro, la primera del año 2005, y la segunda sólo ocho años después. ¿Puedes ver el cambio? En un mundo de exponenciales avances tecnológicos eso actualmente es la prehistoria. ¿Y Dónde estamos? Año 2018 Internet de las Cosas donde actualmente, donde tenemos conectados más de 8.400 millones de dispositivos a la red y próximamente en el horizonte veinte veinte, se prevén que halla más de 20.400 millones de dispositivos, domótica del hogar, drones, coches autónomos, … los cuales darán lugar a nuevos ciberriesgos; que actualmente no son pocos, en el año 2017 más de 120.000 incidentes en Internet, la progresión ha sido geométrica ya que hace tres año, año 2014, sólo fueron 18.000.

Pero hacia vamos, como diría el Quijote:

Inteligencia artificial, robots, criptomonedas, la descentralización de Sistemas de Información con tecnologías disruptivas como blockchain, donde los abogados con perfil técnico programarán sus propios contratos inteligentes.

Y la llegada de las nuevas tecnologías han traído nuevos delitos en la era digital, como por ejemplo el sexting, donde antes de la regulación del año 2015 estas conductas quedaban impunes, o nuevas formas de acoso en la red conocidas como stalking, o la suplantación de identidad, en la vida digital o RRSS, algo muy importante para las nuevas generaciones; por cierto, apuntar que no existe una regulación específica en nuestro ordenamiento jurídico de este tipo penal. Pero también han cambiado los medios comisivos de cometer delitos comunes como son las estafas, injurias, calumnias, daños, …; siendo un hecho notorio el incremento de delitos a través del uso de las nuevas tecnologías, en el año 2015 más de 60.000 y en el año 2016 más de 66.000.

Esto ha dado lugar a un nuevo acervo probatorio, gozando la prueba tecnológica del don de la ubicuidad, en cualquier orden judicial, teniendo cada uno sus propias características. Por ejemplo en el orden penal, donde prima el interés público los denunciantes tendrán que poner en conocimientos los hechos de la Autoridad Judicial a través de una denuncia o querella, y será en ese momento en el que se tendrán que incorporar las evidencias digitales al proceso. Hay que tener en cuenta que la denuncia y evidencias recogidas por los agentes sólo tendrán valor probatorio de denuncia. En este orden se podrá recurrir a los Secretarios Judiciales, en su papel de fedatarios públicos, los cuales podrán levantar acta de los hechos observados, y por otro lado, o los peritos de organismos Oficiales que podrán hacer informes sobre el contenido de los dispositivos. En este sentido hay que resaltar que en caso de querer acreditar conversaciones bidireccionales tipo WhatsApp, y cuando alguna de las partes no reconozca la autoría de los mensajes, sería requisito obligatorio el estudio pericial del dispositivo desde el que se realizó o recibió la comunicación, según consta en la Sentencia de la Sala 2ª del Tribunal Supremo, número 300/2015.

Sin embargo, en el orden civil la aportación de las fuentes de prueba tienen que ser aportadas por el demandante en el momento de la presentación de la demanda, por lo que es de vital importancia obtener o proponer las evidencias que se quieren aportar al proceso. En este orden podremos hacernos valer de notarios, en su faceta de fedatarios públicos, o los conocidos como terceros de confianza, que no son otra cosa más que empresas que certifican los contenidos digitales que existen en internet, bien sea en una página web o en una red social como Facebok, Twitter, …, a través de un proceso que se denominada Time Stamping, certificándola la autenticidad e integridad del contenido, así como la fecha.

En el orden laboral, ……

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