Juan Carlos Fernández, creador de la marca TECNOGADOS.
Sancionada una empresa de servicios médicos de Pamplona por los daños y perjuicios creados.
Según se ha podido leer en la noticia, el Tribunal Supremo confirma la Sentencia a una empresa que no tuvo otra feliz idea, que la de crear una página web con el mismo nombre de dominio, pero con la extensión “.com”, y redireccionarla de forma automática a una página web de contenido pornográfico.
El Supremo entiende que tales hechos son constitutivos de una intromisión ilegítima al derecho a la protección del honor de la empresa suplantada.
En la resolución se deja constancia de que la página web suplantada había tenido escasa repercusión, en lo que se refiere al número de visitas, debido a que no estaba indexada en los buscadores.
En relación a como poder acreditar hechos similares tenemos varias líneas de investigación:
1.-Comprobar los datos del registro de dominio.
2.-Comprobar el hosting donde se encuentra alojado el dominio.
3.-Utilizar un prestador cualificado de servicios para dejar constancia de los hechos acaecidos en internet, es decir, como cuando visitas la dirección web suplantada te lleva directamente a la web con contenido pornográfico.
Fuente: https://www.lavanguardia.com/sucesos/20191117/471691087930/empresa-web-falsa-porno-condena.html
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