El Juzgado de Primera Instancia nº 35 de Madrid ha obligado a una entidad bancaria a devolver, a su usuario, el importe pagado en una transferencia bancaria para la reserva del alquiler de un apartamento.
El usuario se dio cuenta pocas “horas después” de que la página web a la que había hecho el pago de la reserva era una suplantación, por lo que procedió a realizar varias llamadas de teléfono al servicio de atención al cliente de la entidad, con el fin de interrumpir el proceso de pago, sin embargo, la entidad no anulo la transacción.
En la resolución el juez entiende que “si bien es cierto que las ordenes de transferencia son mandatos de pago irrevocables”, en este caso concreto, la entidad bancaria no actuó de “forma diligente”, ya que, sabiendo la ilegalidad del asunto, tendría “causas suficientemente justificadas como es la perpetración de un delito de estafa” para cancelar el pago, ya que en el momento de la comunicación la transferencia no estaba abonada, por lo que la «actuación negligente ha causado un perjuicio a un tercero por el que debe responder”.
¿Qué podemos hacer para NO ser víctima de este tipo de engaños?
En primer lugar, podemos mirar la fecha de activación del dominio web de la página de alquiler, y si este es de pocos días o semanas, desconfiad.
También podemos coger la imagen del apartamento y decirle a Google que busque imágenes similares, la misma esta puesta en otros portales y la diferencia de precio es sustancial, desconfiad.
También es efectivo realizar una búsqueda en Google del dominio, es muy usual encontrar en foros de internet otros afectados.
Y, por último, lo que nos diferencia como seres humanos es aplicar la lógica sobre el producto y el importe a abonar, este principio evitaría un gran número de estafas.
No dude en contactar con el despacho para cualquier consulta o servicio.
Fuente de información. www.europapress.es
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